.......
Encontré una hoja sobre qué le pasa a una persona que sufre embargo por parte de la autoridad aquí en México y Me pareció bastante interesante, lean lo siguiente:
EMBARGO POR EJECUTARSE EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2010
Cuando se ejecuta UN EMBARGO, se presenta en su domicilio un equipo especializado en la práctica de diligencias legales, EL EMBARGO se ejecuta de la siguiente manera:
Se cierra la circulación de la calle, y a la vista de todos los vecinos y curiosos el cerrajero autorizado por el juzgado procede a abrir la casa; acto continuo, actuario y cargadores proceden a entrar al domicilio, identifican muebles que garanticen tres veces el monto del adeudo (autos, computadoras, electrónica, etc.) y los suben al flete, los muebles se depositan en una bodega de la depositaría judicial y si el deudor desea recuperar los muebles debe liquidar su ADEUDO TOTAL más GASTOS DE CATEO, que aproximadamente asciende a $5,000.00 (MX). Si alguna persona SE OPONE a la práctica de esta diligencia de cateo, el juez puede de inmediato ordenar, se ejecute una medida de apremio en su contra, misma que puede constituir en un arresto por 72 horas, independientemente de las acciones penales a que se puede hacer acreedor la persona que se opuso a la práctica de la diligencia legal.
Jejejee_!! como ven estos tipos pueden entrar a tu casa como Si nada y aparte darse el lujo de "escoger" qué cosas podrán llevarse, con un valor de tres veces lo que debes, o sea que Si debes $1,000 te quitan algo de valor que esté cercano a los $3,000_!! y Si los quieres recuperar te cobran COSTO DE CATEO, o sea que te cobrarán por haber entrado a tu propia casa, jejejee, ridículo_!!.
Miren las amenazas por parte de los "cobradores":
... "Le hemos enviado 7 cartas, lo hemos visitado en 3 ocasiones, le hemos realizado 15 llamadas telefónicas y usted se negó a liquidar su adeudo pendiente de pago" ...
... "Deberá reportarnos su pago antes de la fecha límite y listo. De inmediato cancelaremos la diligencia programada a realizarse y el REPORTE AL BURÓ DE CRÉDITO" ...
... "Si no liquida su adeudo antes del 29 DE NOVIEMBRE DE 2010 Banco "X" se reserva el DERECHO DE VENDER SU CUENTA A UNA EMPRESA QUE SE DEDICA A COMPRAR CARTERA VENCIDA A BANCOS, EL 29 DE NOVIEMBRE ABOGADOS ESPECIALISTAS EJECUTARÁN UNA ACCIÓN DE COBRO EN ESTE DOMICILIO XXXXX---XXXXXXXX---XXXX---XXX" ...
.......